A un click: conoce cómo funciona el proceso de atención a las PQSRDF

 

 


Antes de realizar una PQRSDF tenga en cuenta su definición:
  

 

Son siglas que corresponden a las palabras Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias, Denuncias y Felicitaciones, lo anterior hace referencia al proceso mediante el cual, una entidad hace la gestión interna de las peticiones de los ciudadanos.

 

- Queja: Manifestación verbal o escrita de molestia, disgusto o insatisfacción respecto a la conducta o actuar de un funcionario de la Entidad o de los particulares que cumplan una función pública.

Término de respuesta: 15 días hábiles siguientes a la recepción.

- Reclamo: Manifestación verbal o escrita de molestia, disgusto o insatisfacción sobre el incumplimiento o irregularidad en la prestación de alguno de los servicios, trámites o productos ofrecidos por la entidad.

Término de respuesta: 15 días hábiles siguientes a la recepción

- Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular o ilegal.

Término de respuesta: 15 días hábiles siguientes a la recepción

- Sugerencia: Es la proposición o insinuación de una idea frente a un servicio, trámite, gestión, etc., para mejorarlo. Es decir, una recomendación.

Término de respuesta: 15 días hábiles siguientes a la recepción

- Petición: es la acción de pedir (solicitar o demandar a alguien que haga algo). También se conoce como petición a la oración con que se pide, al escrito que realiza una solicitud y, en el ámbito del derecho, al escrito que se presenta ante una autoridad.

Término de respuesta: 15 días hábiles siguientes a la recepción

- Consulta: la consulta según su sentido etimológico, puede traducirse como “pedir consejo”. Puede referirse a examinar un asunto con una o más personas, buscar datos sobre alguna materia o pedir consejo o guía.

Término de respuesta: 30 días hábiles siguientes a la recepción.

- Solicitud de información: Petición para tener acceso a la información pública de las entidades del Estado.

Término de respuesta: persona natural o jurídica y entidad privada 15 días hábiles siguientes a la recepción; entidad pública, 10 días hábiles siguientes a la recepción; miembros del Congreso, 5 días hábiles siguientes a la recepción.

Felicitaciones: Es la manifestación positiva de un ciudadano acerca del servicio brindado.

Término de respuesta 15 días hábiles siguientes a la recepción

 

Sustento normativo

- Constitución Política de 1991- Art. 23

- Ley 1437/11 CPACA - Art. 5º Num. 1º, art. 7º, 8 y 9.

- Ley 1755/15 - Arts. 13 a 33 Derecho de Petición.

- Decreto 1166/16 - Peticiones Verbales.

 

A. Carta de trato digno al ciudadano

B. El ejercicio del derecho de petición es gratuito

  • No requiere de ningún pago para el trámite ante la entidad

C. Guía para el uso de los canales de Atención al Usuario

D. Respuestas a solicitudes anónimas o sin dirección de envío

E. Informes PQRSDF

F. Formulario: modelo de solicitud de información pública especificada

G. Política Protección de Datos

H. Certificados de idoneidad

I. Encuestas

J. Manual de atención Punto TdeA

 

 

Nota Importante: El seguimiento a esta  solicitud se realiza escribiendo al correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla. o llamando al 4443700 ext. 1070.